El Tribunal Constitucional (TC) declaró hoy por mayoría infundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio de Abogados de La Libertad que buscaba la prescripción de miles de millones de deudas tributarias que registraban empresas desde antes del 2012.
Solo el magistrado Ernesto Blume, ponente del caso, y su colega Augusto Ferrero votaron para que prescriban esos pagos. Los tribunos Eloy Espinosa Saldaña, Marianella Ledesma, Carlos Ramos y Manuel Miranda se opusieron a esa ponencia. El juez José Luis Sardón se abstuvo de participar ya que su hermano es directivo de una de las compañías deudoras en Perú.
El recurso del gremio de abogados cuestionaba la primera disposición del decreto legislativo 1421, emitido por el gobierno en setiembre de 2018. El decreto señala claramente que el 2012 será el año para contabilizar el plazo de prescripción de deudas generadas con anterioridad.
Marienaella Ledesma sostuvo su posición para que estas grandes empresas paguen sus impuestos al igual que lo hacen todos los contribuyentes de este país sin ninguna distinción. No tengo duda que lo que hoy estamos controlando es plenamente compatible con la Constitución, señaló