Según la Resolución Administrativa N.° 113-2020-P-CE-PJ firmada por el titular del Poder Judicial José Luis Lecaros, la Presidencia del Poder Judicial dispuso, a partir del 20 de septiembre, la suspensión de labores, plazos procesales y administrativos de los órganos jurisdiccionales y unidades administrativas en los departamentos de Cusco, Moquegua, Puno y Tacna, para proteger la salud de jueces, servidores y usuarios en general.
Además, los de las provincias de Cajamarca (departamento de Cajamarca); de la provincia de Huancavelica (departamento de Huancavelica); de Huánuco, Leoncio Prado y Puerto Inca (departamento de Huánuco).
De igual modo, los de Ica y Pisco (departamento de Ica); Huancayo y Satipo (Junín); Huaral (Lima); Tambopata (Madre de Dios); Pasco y Oxapampa (departamento de Pasco).En estos departamentos y provincias continúa el aislamiento social obligatorio (cuarentena) para evitar la propagación del Covid. La norma precisa, que los jueces siguen en la obligación de disponer el retiro de los expedientes físicos de los despachos judiciales a sus domicilios para la continuación de su labores.
Se designaran órganos jurisdiccionales de emergencia que funcionarán del 20 al 30 de septiembre, los demás continuarán con sus labores de manera remota para expedir sentencias, la realización de audiencias virtuales y otros. Esta medida también comprende órganos jurisdiccionales y administrativos de las provincias de Chachapoyas, Condorcanqui y
Utcubamba (departamento de Amazonas); de Santa, Casma, Huaraz y Huarmey (Áncash); Abancay (Apurímac); Huamanga, Huanta, Lucanas y Parinacochas (Ayacucho).
Por otro lado, en los órganos jurisdiccionales y administrativos de las provincias que inicialmente estaban en cuarentena hasta el 30 de septiembre y ahora se ha levantado dicha medida según disposición del ejecutivo, se ha dispuesto el reinicio de labores, así como el cómputo de los plazos procesales y administrativos, a partir del 20 de septiembre.