El Gobierno nacional aprobó con un decreto el reglamento para el retiro de los fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
El trabajador podrá solicitar de manera remota o presencial a la entidad financiera en la que esté su cuenta, el desembolso mediante transferencias a la cuenta de banco, caja, financiera o cooperativa de ahorro y crédito.
El dinero de tu cuenta de CTS que solicites será pasado a otra cuenta de tu propiedad, o la que elijas, para que luego uses el dinero desde esa cuenta o puedas retirar el efectivo en cajeros o agencias.
El día de mañana el Congreso debatiría la promugación por insistencia de la ley de retiro de las AFPs
Una vez recibida la solicitud de desembolso de la CTS, la entidad financiera deberá realizar la transferencia a la cuenta que precise en un plazo no mayor a dos días calendario.
La ley considera a los trabajadores del sector privado, los trabajadores de las empresas del Estado y los servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen 728.
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) podrá dictar normas para el cumplimiento del desembolso de la CTS.